Cronograma Sunat 2023: fechas límite de pago de impuestos y declaraciones tributarias
La Dirección General de Aduanas y Administración Tributaria Nacional (Sunat) aprobó e informó el plazo para la presentación de la declaración anual de renta e impuesto a las transacciones financieras (ITF) 2022.
La institución pública peruana también ha publicado formularios y otras disposiciones que permiten a los contribuyentes de cumplimiento presentar los documentos requeridos.
El plazo para la presentación de la declaración anual de la renta 2022 comenzará el 24 de marzo y se extenderá hasta el 11 de abril de 2023, según las últimas cifras del RUC del contribuyente. En este sentido, te contamos cuál es el plazo.
¿Cuándo Declarar el Impuesto de Renta Anual Sunat 2023?
Conoce la fecha de vencimiento de la declaración mensual y pago de obligaciones según las últimas cifras del RUC. de acuerdo al ultimo digito de RUC es el siguiente cronograma:
PRÓRROGA PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE RENTA DEL AÑO 2022, PARA LAS PERSONAS NATURALES Y EMPRESAS
Para contribuyentes con domicilio fiscal ubicado en alguno de los distritos declarados en estado de emergencia por impacto de daños a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, según lo establecido por los Decretos Supremos:
- DS N.º 030-2023-PCM: publicado el 10/03/2023, que incluye algunos distritos de varias provincias del departamento de Arequipa.
- DS N.º 034-2023-PCM: publicado el 12/03/2023, que incluye varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura.
- DS N.º 036-2023-PCM: publicado el 15/03/2023, que comprende los distritos de Ancón, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo y Santa Maria del Mar de la provincia y departamento de Lima.
- DS N.º 038-2023-PCM: publicado el 18/03/2023, que incluye varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Ancash, Huancavelica, Ica y Lima.
- DS N.º 039-2023-PCM: publicado el 18/03/2023, que incluye varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Pasco y Ucayali.
* Beneficio aplicable a partir de la fecha de publicación de los referidos Decretos Supremos.
La indicada prórroga no se aplica a contribuyentes que pertenecen al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.